Cláusulas  
  Home >> Información De Embarque >> Cláusulas >> Cláusulas De Reserva De Espacio
 Información De Embarque
myCCNI
Recordar mi clave Enter to myCCNI



 

CONDICIONES DE RESERVA

1. El transportista se reserva el derecho, en cualquier momento y sin previa notificación, a sustituir la(s) nave(s) nombrada(s) y/o en desempeño con otra nave o naves.

2. El embarque estará sujeto al espacio y equipo disponible.

3. La programación, arribo, atraque, fecha de salida y tiempos de travesía son estimados y se informará acerca de éstos sin garantía y sujeto a cambio sin previa notificación.

4. A menos que específicamente se indique lo contrario, se aplicarán a esta reserva las condiciones locales estándar (es decir, tiempo libre, detención, demora, arribos anticipados, arribos con retraso, etc.).

5. La confirmación de reservas y el embarque/transporte están sujetos a los términos, condiciones y excepciones del Conocimiento de Embarque de CCNI (disponible como documento de acceso público en www.ccni.cl ).

6. Costos de reparación de contenedor: los contenedores deberán ser devueltos en las mismas condiciones en que se recibieron originalmente, limpios y sin daños. Si un contenedor sufre daños por la carga o durante los procesos de consolidado/enhuinchado, o bajo el manejo y cuidado del cliente, los costos de reparación y cualquier daño resultante serán por cuenta del propietario de la carga.

7. Durante el transporte terrestre, los contenedores están sujetos a limitaciones máximas de peso de acuerdo a las normas locales, las cuales el embarcador/consignatario deberá conocer y observar oportunamente.  En ningún caso CCNI, sus agentes o subcontratistas asumirán responsabilidad alguna con relación al no cumplimiento de tales reglamentos por parte del embarcador/consignatario.

8. Es responsabilidad del conductor del camión que transporta las cargas de contenedores, revisar, en el momento de recibo del contenedor, que el equipo se encuentre en buenas condiciones.

9. De acuerdo al procedimiento de CCNI y a los Reglamentos de Seguridad, los embarcadores de cargas IMO & Peligrosas, deberán proporcionar la adecuada información de seguridad, incluyendo la “Hoja de Seguridad de Carga”  relevante y los correspondientes códigos ONU de la carga.

10. El programa, seguimiento de la carga y cualquiera otra información que sea necesaria se puede encontrar en www.ccni.cl   

11. Para reservas que comprenden carga destinada, transbordada o en tránsito de USA y Puerto Rico: Se confirmará las reservas sujeto a que el cliente proporcione la descripción correcta de la carga de acuerdo a los requerimientos de la Aduana de los Estados Unidos según descripción en los Reglamentos del Servicio de Aduanas de los Estados Unidos, 19 CFR Partes 4, 113 y 178 de fecha 31 de Octubre de 2002.

 
Términos y Condiciones  |  Mapa del Sitio  |  Contáctenos  |  
Copyright © 2010 CCNI